La ambición de este plan de acción es lograr que la contaminación del aire, el agua y el suelo se reduzcan a niveles que ya no se consideran perjudiciales para la salud y los ecosistemas naturales, respetando los límites que nuestro planeta puede soportar, creando así un entorno libre de tóxicos. Para ello, propone “invertir la pirámide” de acción y replantear la forma en que se diseñan, producen, entregan, realizan y/o utilizan y eliminan los productos. Esto significa que, en primer lugar, hay que prevenir la contaminación en su origen. El principio de prevención está en el corazón de este Plan.
DNSH
La Comisión Europea aprueba los criterios técnicos para la puesta en funcionamiento de la taxonomía climática
El 21 de abril de 2021, la Comisión Europea presentó un nuevo paquete normativo de impulso en el ámbito de las finanzas sostenibles para orientar la financiación en el ámbito del Pacto Verde Europeo. Entre la normativa aprobada, se incluye el Acto delegado de taxonomía de la Unión Europea sobre el clima, que clasifica qué actividades contribuyen mejor a mitigar y adaptarse a los efectos del cambio climático. ¿En qué consisten estos criterios? ¿Qué actividades se consideran climáticamente sostenibles?
Última hora
Entrevista a Terraqui para el programa de radio Vida Verde de RTVE
Aloia López Ferro, abogada de Terraqui, fue entrevistada el pasado 10 de abril por Pilar Sampietro, presentadora del programa de Radio Vida Verde. En esta entrevista Aloia responde sobre las siguientes cuestiones: Fondos Next Generation y mecanismos de recuperación y resiliencia: el perjuicio significativo al medio ambiente como instrumento de evaluación de los proyectos […]
leer másEl perjuicio significativo al medio ambiente: la frontera invisible de los planes de recuperación y resiliencia
Las importantes ayudas financieras que la Comisión Europea prevé conceder a los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) 2021/241 por el que se estableció el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia depende de que se acredite que las medidas que se contienen en los planes de recuperación y resiliencia no causen un perjuicio significativo a los objetivos ambientales definidos, a su vez, en el Reglamento de inversiones sostenibles. En este artículo se pretende exponer en qué consiste esta obligación y su interacción con los restantes mecanismos de protección ambiental regulados por la Unión Europea.