El Tribunal Supremo francés ratifica la condena a una empresa de gestión de VFU que operaba sin autorización ambiental, consistente en el pago de una indemnización por daños a una actividad colindante de su sector debidamente autorizada.
El Tribunal Supremo francés ratifica la condena a una empresa de gestión de VFU que operaba sin autorización ambiental, consistente en el pago de una indemnización por daños a una actividad colindante de su sector debidamente autorizada.
https://www.terraqui.com/blog/actualidad/el-ejercicio-de-una-actividad-de-gestion-de-residuos-autorizada-supone-un-acto-de-competencia-desleal/