Orden ESS/1554/2016, de 29 de septiembre, por la que se regula el procedimiento para el registro y publicación de las memorias de responsabilidad social y de sostenibilidad de las empresas, organizaciones y administraciones públicas.
El pasado 29 de septiembre se reguló, mediante la orden ESS/1554/2016, el procedimiento para el registro y publicación de las memorias de sostenibilidad de las empresas, organizaciones y administraciones públicas.
En el artículo 35 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, modificado por la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, establece que las sociedades mercantiles estatales, las entidades públicas empresariales adscritas a la Administración General del Estado, así como las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, deben elaborar anualmente informes de Gobierno corporativo y memorias de Sostenibilidad.
En el artículo 39 de la misma ley, en el apartado 3, establece que las sociedades anónimas podrán hacer públicos, con carácter anual, sus políticas y resultados en materia de Responsabilidad Social Empresarial a través de un informe específico basado en objetivos, características, indicadores y estándares internacionales, y que en el caso de sociedades anónimas de más de 1.000 asalariados, este informe anual de Responsabilidad Social Empresarial será objeto de comunicación al Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas.
Por otro lado, la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE, en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos, establece que las grandes empresas que sean entidades de interés público, y las entidades de interés público que sean matrices de un gran grupo, que, en sus fechas de cierre de balance, cuenten con un número superior a 500 empleados durante el ejercicio, incluirán en el informe de gestión un estado no financiero que contenga información relativa, como mínimo, a cuestiones medioambientales y sociales, relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno.
Por todo ello, y con el fin de dar respuesta a los objetivos de la Ley 2/2011 antes mencionado, esta Orden establece un procedimiento para el registro de un fichero público donde se alojen dichas memorias e informes, teniendo en cuenta la variada tipología existente que, a su vez, se permita dar visibilidad a las mismas.
En cuanto al contenido de la memoria referido a la cuestión ambiental, en función del tipo de organización, se establece que deberá incluirse, al menos, alguno de los ámbitos siguientes:
- Compromiso con lo local y el medioambiente.
- Consumo responsable y sostenible.
- Información sobre aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno (criterios ASG).
- Cualesquiera otras que muestren un compromiso con los valores y principios de la sostenibilidad.
El procedimiento establecido será de carácter telemático y constará de dos fases:
- Las entidades solicitantes rellenarán un formulario donde adjuntarán una declaración responsable, según el modelo que se les facilite.
- Una vez comprobada que la solicitud inicial es correcta, se enviará a las entidades un nombre de usuario y contraseña que les permita entrar en la aplicación informática habilitada al efecto, y solicitar la publicación de sus memorias o informes, así como el reconocimiento de la elaboración y envío de las mismas.
Las entidades iniciarán la solicitud de publicación de las memorias ante la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, a través de la sede electrónica del Departamento, en la siguiente dirección: https://explotacion.mtin.gob.es/memrse
Las memorias o informes que las entidades públicas o privadas presenten, deberán remontarse como máximo al ejercicio 2012.
Pueden consultar el texto completo de la Orden en el siguiente enlace.