Presente y futuro de la normativa para la sostenibilidad de la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos

El consumo de aparatos eléctricos y electrónicos aumenta a gran velocidad. No obstante, la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos se enfrenta a importantes problemas ambientales que la transición energética, el aumento de la población y la escasez de materias primas, entre otros factores, podrían agravar. Por ello, la Unión Europea y España han aprobado nueva normativa con la que se pretende incrementar la sostenibilidad de la cadena de valor, y se prevén adoptar nuevas regulaciones en un futuro próximo. En este artículo nos aproximaremos a cuáles son los retos que se plantean para incrementar la sostenibilidad de esta cadena de valor, en particular, desde el punto de vista de su regulación.

Desde ordenadores, teléfonos, tabletas y placas solares a persianas “inteligentes”, los aparatos eléctricos y electrónicos están presentes en casi todos los ámbitos de nuestro día a día, permitiéndonos mantener nuestro ritmo de vida y nuestro sistema productivo y de consumo.

Además, la demanda y sustitución de aparatos eléctricos y electrónicos no deja de aumentar. De hecho, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, RAEE) son el flujo de residuos de la Unión Europea con un crecimiento más rápido.

En contrapartida, también aumenta su impacto ambiental, considerado desde su fase de producción (extracción y procesamiento de materias primas, en muchos casos, escasas) a la de post-consumo (aumento de residuos que pueden contener sustancias peligrosas para el ambiente y la salud y gases que agotan la capa de ozono o que contribuyen al calentamiento global).

Por ello, es necesario contar con una normativa eficaz destinada a aumentar su durabilidad, la reutilización, el reciclado, la valorización, el uso eficiente de los recursos y la recuperación de materias primas secundarias, y que, asimismo, permita mejorar el comportamiento ambiental de todos los agentes clave que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos eléctricos y electrónicos.

En este artículo realizaremos un análisis de las novedades principales que afectan a la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos con el propósito de comprender cuál es la situación y los principales retos normativos que deberá afrontar en un futuro próximo.

1.       Retos ambientales de la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos

Antes de adentrarnos en el estudio de la normativa aprobada y que se pretende aprobar, consideramos oportuno reflejar, aun de modo superficial, cuáles son los retos ambientales que afectan a esta cadena de valor, como paso previo para poder comprender cuál es la finalidad de la normativa y qué problemas se tratan de resolver.

1.1.    Creciente demanda de aparatos eléctricos y electrónicos e incremento de la generación de residuos

Desde el año 2011 al año 2018, la cantidad de AEE comercializados en la UE evolucionó de 7,6 millones de toneladas en 2011 a 8,7 millones de toneladas en 2018, lo que representa un crecimiento del 14,1% en todo el período.

Habida cuenta del rápido crecimiento de los RAEE en la UE, esta plantea un grave problema ambiental, puesto que contienen numerosas sustancias peligrosas para el medio ambiente y la salud. La ignición de RAEE no tratados puede liberar sustancias químicas peligrosas, tales como las dioxinas, y los residuos más antiguos pueden presentar, tal como lo recoge un informe del Tribunal de Cuentas Europeo, metales como plomo o mercurio.

Para 2040, tal como prevé un informe del World Economic Forum, que las emisiones derivadas de la producción y uso de aparatos y electrónicos aumente hasta el 14% del total de emisiones, para 2050, el volumen de residuos electrónicos se estima que aumentará hasta 120 millones de toneladas anuales, y, para 2060, el consumo de materias primas se pronostica que se duplicará.

1.2.    Insuficiente recogida separada

La normativa actualmente aplicable en la Unión Europea en materia de RAEE es la Directiva 2012/19/UE del Parlamento y del Consejo de 4 de julio de 2012.

Según esta Directiva, la recogida separada resulta una condición previa para asegurar el tratamiento específico de los RAEE y, por tanto, su cumplimiento resulta fundamental. En este sentido, contempla determinados índices mínimos de recogida: para el 2016, este índice era del 46% y, a partir de 2019, del 65%, teniendo en cuenta el peso medio de los aparatos eléctricos y electrónicos introducidos en el mercado del Estado miembro de que se trate en los tres años precedentes o, alternativamente, del 85% de los RAEE generados en el territorio de dicho Estado miembro.

En 2018, únicamente 18 de los Estados miembros de la Unión Europea alcanzaron o superaron el objetivo del 45% para la recogida de RAEE, y otros 4 estados se quedaron a menos de un punto porcentual de esta tasa.

 

Por tanto, tal y como ya avanzamos en un post de Terraqui de 2018 sobre tendencia de los RAEE a nivel mundial, a falta de conocer las estadísticas oficiales de 2019, según los últimos datos disponibles correspondientes a 2018, es muy probable que la gran mayoría de los estados miembros hayan incumplido los objetivos de recogida separada de aparatos eléctricos y electrónicos.

1.3.    Insuficiente protección de los consumidores y necesidad de mejorar la información sobre el desempeño ambiental de los productos

Los consumidores a menudo carecen de información confiable y relevante sobre la sostenibilidad de los productos (como, por ejemplo, características ambientales o la ida útil esperada), la disponibilidad de servicios de reparación, repuestos y manuales de reparación, y sobre actualizaciones mejoras de software.

Las normas de protección del consumidor de la Unión (a saber, la Directiva sobre prácticas comerciales desleales 2005/29/CE) y la Directiva sobre derechos del consumidor 2011/83/UE establecen los requisitos de información clave que los consumidores deben recibir para realizar una transacción y tomar una decisión informada. Sin embargo, estas reglas no exigen expresamente información sobre las características ambientales, la vida útil o la capacidad de reparación de los productos.

Los consumidores tienen que lidiar con prácticas comerciales que causan confusión y desinformación, o generan desconfianza y reducen su interés en la compra de productos sostenibles, como las siguientes:

  1. Los bienes están diseñados intencionalmente para no durar tanto como el consumidor esperaría, lo que también se puede deber a una mala fabricación o elección de materiales, etc. (“obsolescencia planificada/prematura”).
  2. Se suministra información vaga, engañosa o infundada sobre las características ambientales de los productos (“lavado verde”). Esto ocasiona que no se elijan adecuadamente los productos más sostenibles, además de situaciones de competencia desleal.
  3. Proliferan los logotipos de sostenibilidad, etiquetas, marcas de confianza, marcas de calidad, reclamos, etc. que señalan virtudes económicas, sociales y ambientales. Esta multiplicación de métodos y etiquetas dificulta que los consumidores, empresas y administraciones públicas puedan identificar correctamente los productos.

La aplicación efectiva de las normas de protección del consumidor existentes en estos ámbitos es difícil. En particular, la aplicación efectiva se ve afectada por la falta de un conjunto común de requisitos de información al consumidor, así como de reglas y orientaciones específicas sobre obsolescencia prematura y lavado verde.

1.4.    Falta de información sobre las sustancias preocupantes

Según la Comunicación de la Comisión Europea  “Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas. Hacia un entorno sin sustancias tóxicas“, de octubre de 2020, se detecta una falta de información adecuada sobre las sustancias químicas contenidas en los productos.

Esta situación provoca que se ralentice la creación de un mercado de materias primas secundarias que funcione adecuadamente, pues se impide a los consumidores, los agentes de la cadena de valor y las empresas de gestión de residuos basar sus elecciones en una información solvente.

1.5.    Escasez de materias primas y minerales críticos

Las materias primas fundamentales, vitales para la economía y que presentan un alto riesgo en el suministro, están presentes en gran cantidad en los aparatos eléctricos y electrónicos. Por ejemplo, se necesita wolframio para que los teléfonos vibren, el galio y el indio se utilizan en la tecnología LED de las bombillas, los semiconductores requieren silicio metálico y para las pilas de combustible de hidrógeno y los electrolizadores se necesitan metales del grupo del platino.

Como se indica en la Comunicación de la Comisión “Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad“, de septiembre de 2020 la demanda de materias primas fundamentales está experimentando un gran aumento como consecuencia del crecimiento de la población, la industrialización, la descarbonización del transporte, los sistemas de energía y otros sectores industriales, el incremento de la demanda de los países en desarrollo y las nuevas aplicaciones tecnológicas.

Respecto al incremento en la demanda de materias fundamentales a consecuencia de la transición energética, la Comisión estima que, en la Unión Europea, para 2030, la producción de las baterías de los vehículos eléctricos y el almacenamiento de energía necesitaría hasta 18 veces más litio y 5 veces más cobalto, y, en 2050 una cantidad casi 60 veces mayor de litio y 15 veces mayor de cobalto en comparación con el suministro actual de la economía de la Unión en su conjunto. Por ello, si no se da respuesta a este aumento de la demanda derivada de la transición energética, podrían producirse problemas de suministro.

En el mismo sentido, la Comunicación de la Comisión “Un nuevo modelo de industria para Europa“, de marzo de 2020, advierte de que la transición hacia la neutralidad climática podría conllevar la sustitución de la actual dependencia de los combustibles fósiles por la dependencia de las materias primas, de las que nos abastecemos en gran medida del extranjero y para las que la competencia mundial es cada vez más feroz.

Figura: Minerales necesarios para las tecnologías de energía limpia.

Fuente: IEA (2021). The role of critical minerals in clean energy transitions.

1.6.    Flujos de residuos emergentes

La transición energética necesita la implantación de tecnologías para la producción de energía renovable, como las turbinas eólicas, los paneles solares, las baterías o los electrolizadores para la producción de hidrógeno. La rápida implantación y desarrollo de estas tecnologías se prevé que provoque que los equipamientos instalados sufran una obsolescencia rápida, generando flujos de residuos complejos, esto es, que ocasionan retos técnicos y logísticos para su correcta gestión.

 

Figura: Crecimiento esperado de residuos generados por las infraestructuras de energía renovable.

Fuente EEA (2021). Emerging waste streams – Challenges and opportunities.

 

1.7.    Ineficacia de la normativa de residuos y del control de los traslados ilegales de residuos electrónicos a terceros países

El Tribunal de Cuentas Europeo ha puesto de manifiesto recientemente, en su “Informe de análisis de las medidas de la UE y retos actuales en el ámbito de los residuos electrónicos”  que los Estados miembros continúan teniendo dificultades para aplicar la legislación de la Unión Europea sobre la materia y que, además, el traslado ilegal de residuos electrónicos continúa siendo un problema grave.

1.8.    Ámbito reducido de la Directiva sobre diseño ecológico

Las iniciativas y la legislación de la UE solo abordan parcialmente los aspectos de sostenibilidad de los productos. Así, la Directiva sobre diseño ecológico regula la eficiencia energética y algunas características de circularidad de los productos relacionados con la energía cubiertos por medidas de ejecución.  Por tanto, en la actualidad, no existe un conjunto completo de requisitos para garantizar que todos los productos comercializados en la UE sean cada vez más sostenibles.

1.9.    Ineficacia de las medidas voluntarias para reducir el número de cargadores

Aunque el número de modelos de cargador se han reducido de 30 a 3 en la última década, gracias al trabajo realizado sobre la base de un enfoque voluntario, no se consiguió una solución completa.

La situación no solo causa molestias, sino que también resulta costosa  para los consumidores, que gastan aproximadamente 2 400 millones de euros al año en cargadores sueltos que no se venden junto con sus dispositivos electrónicos. Además, se calcula que los cargadores eliminados y no utilizados representan 11 000 toneladas anuales de residuos electrónicos.

 

2. Iniciativas y cambios normativos futuros en la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos en la Unión Europea

 

2.1.    Iniciativa de la Comisión Europea sobre productos sostenibles

En marzo de 2020, la Comisión Europea presentó un Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular. De entre las medidas que contempla este plan de acción, en el ámbito de los aparatos eléctricos y electrónicos destacan la previsión de presentar una iniciativa legislativa sobre una política de productos sostenibles.

a- Esta iniciativa revisará la Directiva sobre diseño ecológico para que sea aplicable a la gama más amplia de productos.

b- Por otra parte, mediante propuestas legislativas complementarias para lograr que los productos comercializados en la UE sean más sostenibles, la Comisión estudiará regular los siguientes aspectos para lograr que los productos comercializados en la Unión Europea sean más sostenibles:

    • Mejorar la durabilidad, reutilizabilidad, actualizabilidad y reparabilidad.
    • Abordar la presencia de sustancias químicas peligrosas.
    • Intensificar la eficiencia en cuanto al uso de energía y de recursos.
    • Aumentar el contenido reciclado.
    • Posibilitar la refabricación y el reciclado de alta calidad.
    • Reducir la huella de carbono y la huella ecológica.
    • Limitar el uso de productos de un solo uso.
    • Contrarrestar la obsolescencia prematura.
    • Prohibir la destrucción de los bienes duraderos que no hayan sido vendidos.
    • Incentivar los “productos como servicios” u otros modelos en los que los productores conservan la propiedad del producto o la responsabilidad por su rendimiento a lo largo de su ciclo de vida.
    • Incorporar pasaportes, etiquetado y marcas de agua digitales.
    • Recompensar a los productos con arreglo a sus diferentes resultados en materia de sostenibilidad.

La adopción de la iniciativa sobre productos sostenibles se prevé que tenga lugar durante el cuarto trimestre de 2021, tal como recoge el post de Terraqui titulado “La legislación ambiental por venir, deberes por hacer, y tras haber sido sometida a consulta previa entre marzo y junio de este año.

2.2.    Iniciativa sobre la Electrónica Circular

El Nuevo Plan de Acción de Economía Circular también anunció la adopción por parte de la Comisión Europea de una iniciativa sobre Electrónica Circular. En consonancia con el nuevo marco para la política de productos sostenibles, esta iniciativa promoverá la prolongación de la vida de los productos electrónicos e incluirá, entre otras, las siguientes acciones:

    • Medidas reguladoras en los sectores de la electrónica y las TIC (incluidos los teléfonos móviles, las tabletas, los ordenadores portátiles, las impresoras y los cartuchos de tinta) conforme a la Directiva sobre diseño ecológico, de forma que los dispositivos estén diseñados con los criterios de eficiencia energética y de durabilidad, reparabilidad, actualizabilidad, mantenimiento, reutilización y reciclado. Esto también será abordado por el próximo plan de diseño ecológico, que expondrá los detalles al respecto.
    • Aplicación del “derecho a reparación”, incluyendo la actualización de software obsoleto.
    • Medidas regulatorias para los cargadores de teléfonos móviles y otros dispositivos similares que incluyan la introducción de un cargador común, el aumento de la durabilidad de los cables para cargadores e incentivos para disociar la compra de cargadores de la compra de nuevos dispositivos.
    • Mejora de la recogida y el tratamiento de los RAEE.
    • Exploración de las distintas opciones para un sistema de restitución que permita la devolución o reventa de teléfonos móviles, tabletas y cargadores antiguos en toda la UE.
    • Revisión de las normas de la UE que imponen restricciones en cuanto a las sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
    • Aprobación de directrices destinadas a mejorar la coherencia con la legislación pertinente, incluido el Reglamento REACH y el Reglamento relativo al diseño ecológico.

Por su parte, el Parlamento Europeo, en su resolución de 10 de febrero de 2021 sobre el nuevo Plan de Acción de Economía Circular de la Unión Europea destacó la necesidad  promover una economía digital sostenible, teniendo en cuenta las repercusiones de la digitalización en el clima y el medio ambiente, como el aumento en la demanda de energía, la extracción de materias primas y la generación de residuos electrónicos. Asimismo, mostró su apoyo a la Iniciativa sobre la Electrónica Circular, destacando que debe abordar las deficiencias en materia de durabilidad, diseño circular, presencia de sustancias peligrosas y nocivas, contenido reciclado, reparabilidad, acceso a piezas de recambio, capacidad de actualización, prevención de residuos electrónicos, recogida, reutilización y reciclado y, asimismo, debe integrar medidas destinadas a terminar con las prácticas de obsolescencia prematura, incluida la obsolescencia de los productos causada por los cambios en los programas informáticos.

2.3.    Iniciativa de la Comisión para el empoderamiento de los consumidores y los compradores públicos

El nuevo Plan de Acción para la Economía Circular de marzo de 2020 también contempla, respecto a los aparatos eléctricos y electrónicos, la adopción de determinadas medidas destinadas al empoderamiento de los consumidores y los compradores públicos. En tal sentido, la Comisión:

    • Propondrá una revisión de la legislación de protección de los consumidores de la Unión Europea que garantice que estos reciban, en el punto de venta, información fiable y pertinente sobre los productos que incluya datos sobre su vida útil y sobre la disponibilidad de servicios de reparación, piezas de recambio y manuales de reparación.
    • Estudiará la posibilidad de seguir reforzando la protección de los consumidores contra el “blanqueo ecológico” y la obsolescencia prematura. Para ello, la Comisión propondrá que las empresas acrediten sus afirmaciones ecológicas utilizando métodos de la huella ambiental de los productos y las organizaciones.
    • Establecerá requisitos mínimos para las etiquetas o logotipos de sostenibilidad y las herramientas de información.
    • Efectuará comprobaciones sobre la integración de los métodos de la huella ambiental de los productos y las organizaciones entre los criterios de la etiqueta ecológica e incluirá de forma más sistemática la durabilidad, la reciclabilidad y el contenido reciclado entre los criterios de dicha etiqueta.
    • Trabajará para establecer un nuevo derecho a la reparación.
    • Estudiará nuevos derechos sustantivos de carácter horizontal para los consumidores, como la disponibilidad de piezas de recambio, el acceso a servicios de reparación y, en el caso de las TIC y la electrónica, los servicios de actualización.
    • La Comisión explorará también la posibilidad de introducir cambios con ocasión de la revisión de la Directiva 2019/771 respecto a las garantías, para favorecer el papel que pueden desempeñar para ofrecer productos más sostenibles.

En el ámbito del consumo, la Comisión Europea prevé adoptar una iniciativa sobre el empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica, con la que pretende abordar el acceso de los consumidores a información sobre las características ambientales de los productos, incluida su durabilidad, reparabilidad o posibilidad de actualización, así como la cuestión de la fiabilidad y la comparabilidad de tal información (prevista para el 2º trimestre de 2021).

La principal finalidad de esta iniciativa es:

    • Garantizar que los consumidores obtengan información fiable y útil sobre los productos, por ejemplo, sobre su vida útil y las opciones de reparación
    • Evitar la información medioambiental exagerada (el denominado «blanqueo ecológico») y la venta de productos cuya vida útil se haya acortado deliberadamente
    • Establecer requisitos mínimos para los logotipos y las etiquetas de sostenibilidad.

En tal sentido, establecerá requisitos generales que complementarían las normas contenidas en la legislación sectorial, por ejemplo, sobre los aparatos eléctricos y electrónicos.  En tal sentido, se aprobarán medidas para garantizar una mejor información sobre la disponibilidad de piezas de recambio y de servicios de reparación.

Finalmente, la Comisión prevé presentar en 2021 una iniciativa legislativa de gobernanza empresarial sostenible para fomentar el comportamiento empresarial sostenible y responsable a largo plazo prevista para el 4º trimestre de 2021

2.4.    Normativa sobre las alegaciones sobre la huella ambiental de los productos y servicios

La Comisión anunció, en el Nuevo Plan de Acción de Economía Circular, que propondría una nueva normativa para que las empresas fundamentasen sus afirmaciones ambientales utilizando métodos de huella ambiental de productos o servicios. Estos métodos miden el desempeño ambiental de un producto u organización a lo largo de la cadena de valor, desde la extracción de materias primas hasta el final de su vida útil.

El objetivo es lograr que las alegaciones sean fiables, comparables y verificables en toda la Unión Europea, reducir el “blanqueo ecológico” o greenwashing, ayudar a los compradores e inversores a tomar decisiones más sostenibles, y aumentar la confianza de los consumidores en la información y las etiquetas ecológicas.

Esta normativa aún no ha sido adoptada, aunque estaba previsto para el  2º trimestre de 2021.

2.5.    Nuevo plan de trabajo de diseño ecológico y etiquetado energético 2020-2024

El Nuevo Plan de Acción de Economía Circular destacó la necesidad de incrementar la efectividad del marco actual de ecodiseño para productos relacionados con la energía, así como del etiquetado energético, mediante un nuevo plan de trabajo.

En este sentido, la Comisión prevé la adopción y aplicación del Plan de trabajo de diseño ecológico y etiquetado energético 2020-2024. Este será el primer plan quinquenal que combine formalmente las prioridades futuras para la implementación de la Directiva sobre diseño ecológico 2009/125/CE y el Reglamento de etiquetado energético (UE) 2017/1369.

Actualmente, alrededor de 30 grupos de productos están regulados en base a aproximadamente 50 regulaciones y acuerdos voluntarios. Se aplican a miles de millones de productos que se comercializan cada año y tienen implicaciones tangibles para fabricantes, proveedores, minoristas, empresas y consumidores a diario. La selección de qué productos considerar para nuevas regulaciones y la planificación para revisiones de los existentes se establece en planes de trabajo, como los que cubren los años 2009-2011, 2012-2014 y 2016-2019.

El plan de trabajo de ecodiseño y etiquetado energético 2020-2024 establecerá prioridades para la adopción de legislación específica de productos en este campo y se prevé que tendrá como objetivo abordar:

    • La conclusión de todos los flujos de trabajo iniciados en el plan de trabajo anterior.
    • Los grupos de productos actualmente no regulados que son de interés para ser estudiados en detalle para una posible regulación en los próximos años.
    • Los aspectos medioambientales y de la economía circular y las formas de abordarlos que deberían recibir mayor atención. Además de la eficiencia energética, varias normativas abordan las emisiones contaminantes, durabilidad, reparabilidad, reciclabilidad, etc., pero es probable que haya margen para abordar más a fondo estos y otros aspectos de eficiencia material y perfil ecológico de los productos.

A fin de comprender el alcance que tendrá esta regulación, para la reforma de la normativa sobre diseño ecológico y etiqueta energética se llevó a cabo un estudio preparatorio por parte de un servicio externo a la Comisión Europea , con el que se pretendía identificar toda la gama de productos relacionados con la energía que aún no están regulados. También se identificaron aspectos transversales que aún son poco o no tomados en cuenta en la legislación existente, incluyendo los aspectos ambientales y de la economía circular, como el contenido reciclado y los aspectos del producto como el firmware y software. A través de este análisis, el equipo de estudio externo preseleccionó para su valoración final los siguientes grupos de productos y aspectos transversales:

Grupos de productos

    • Electrodomésticos de lavandería profesionales.
    • Lavaplatos profesionales.
    • Aparatos de cocina profesionales.
    • Emisores de baja temperatura (radiadores optimizados para <45 ° C)
    • Calentadores de piscinas.
    • Pequeño equipo de red para uso doméstico y de oficina (para conexión a Internet y red local).
    • Equipo de red empresarial (conmutadores, enrutadores).
    • Fuentes de alimentación externas universales (cargadores comunes para equipos domésticos y de oficina).
    • Fuentes de alimentación ininterrumpida (sistemas estándar utilizados en empresas y centros de datos).
    • Sensores inteligentes industriales.

Aspectos transversales relevantes para un número significativo de revisiones y nuevos grupos de productos:

    • Diseño ligero.
    • Contenido reciclado.
    • Perfil ecológico.
    • Durabilidad
    • Firmware y software.
    • Materias primas escasas y críticas.

Tras haber sido sometida a consulta previa entre los meses de mayo y junio de 2021, su adopción está prevista para el 4º trimestre de 2021.

2.6.    Regulación del “cargador universal”

En septiembre de 2021, la Comisión Europea presentó una propuesta de legislación para establecer un “cargador universal”, esto es, que se pueda emplear para todos los dispositivos electrónicos.

Esta propuesta se materializará mediante la revisión de la Directiva sobre equipos radioeléctricos 2014/53/UE a fin de armonizar el puerto de carga y la tecnología de carga rápido, convirtiendo el USB-C en el puerto estándar para los teléfonos inteligentes, tabletas, cámaras, auriculares, altavoces portátiles y videoconsolas portátiles.

Entre las medidas que incluye la propuesta, se encuentran las siguientes:

  • El USB-C será el puerto común, lo que permitirá a los consumidores cargar sus dispositivos con el mismo cargador USB-C, independientemente de la marca del dispositivo.
  • Se armonizará la tecnología de carga rápida, lo que ayudará a evitar que los distintos fabricantes limiten injustificadamente la velocidad de carga y contribuirá a garantizar que la velocidad de carga sea la misma cuando se utilice un cargador compatible para un dispositivo.
  • Se venderán por separado los cargadores y los dispositivos electrónicos, permitiendo a los consumidores adquirir un nuevo dispositivo sin un cargador nuevo para limitar el número de cargadores no deseados adquiridos o sin utilizar.
  • Los fabricantes tendrán que facilitar información pertinente sobre el rendimiento de carga, incluida información sobre la potencia requerida por el dispositivo y si admite carga rápida.

No obstante, cabe destacar que para llegar a tener un cargador común es necesaria una interoperabilidad plena en ambos extremos del cable: el dispositivo electrónico y la fuente de alimentación externa. La interoperabilidad del dispositivo se busca conseguir mediante esta propuesta, pero es necesario que el Reglamento de la Comisión sobre diseño ecológico aborde también la interoperabilidad de la fuente de alimentación externa.

2.7.    Revisión de los requisitos de diseño ecológico para ordenadores y servidores

El Reglamento (UE) n.º 617/2013 de la Comisión, de 26 de junio de 2013, que establece requisitos para ordenadores y ordenadores servidores, debía revisarse tres años y medio después de su entrada en vigor (es decir, antes de enero de 2017) y, de hecho, esta tarea forma parte del Plan de Trabajo de Ecodiseño 2016-2019.

Entre las soluciones a explorar, se encontraban las siguientes:

  • Reducir el consumo de energía de los ordenadores y servidores informáticos mediante el establecimiento de requisitos mínimos de eficiencia y otros criterios de rendimiento.
  • Disminuir las emisiones de CO2 y permitir ahorrar costes a los consumidores europeos.
  • Informar mejor a los consumidores y compradores en los modelos más eficientes disponibles.
  • Mejorar la reparabilidad, mejorar la vida útil del ordenador y su batería y evitar la compra de cargadores innecesarios.

Según la hoja de ruta de la Comisión Europea, su adopción se prevé en el segundo trimestre de 2022.

2.8.    Normativa de diseño ecológico para teléfonos y tabletas y etiquetado energético

En cuanto a la Directiva sobre diseño ecológico, en 2019, la Comisión Europea actualizó los requisitos de diseño ecológico para 10 clases de productos . Para seis de estos productos (aparatos de refrigeración, pantallas electrónicas, lavavajillas domésticos, lavadoras y lavadoras-secadoras domésticas, frigoríficos con función de venta directa y equipos de soldadura) estableció que los fabricantes deberían garantizar en 2021 que los productos estén diseñados de manera que puedan repararse con “herramientas corrientes”. Los requisitos revisados también establecían que los fabricantes deben tener piezas de recambio a disposición de los reparadores profesionales (y, en algunos casos, del usuario final). No obstante, estos requisitos actualizados no comprenden algunos aparatos eléctricos de uso más generalizado, como los teléfonos móviles y ordenadores.

Entre las iniciativas anunciadas por el Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular de la Unión Europea de 2021 se encuentran la adopción de medidas regulatorias para teléfonos móviles y tabletas en el marco de la Directiva sobre diseño ecológico , así como la introducción, cuando sea relevante, de requisitos de etiquetado ecológico para brindar a los consumidores una mejor información sobre la sostenibilidad del producto.

Según se detalla en la información facilitada por la Comisión Europea en la evaluación de impacto inicial de estas iniciativas, el uso generalizado y creciente de teléfonos móviles y tabletas da lugar a una serie de problemas:

    • Los dispositivos cada vez realizan mayores funciones, y con ello aumenta la demanda de energía, de capacidad de almacenamiento y de materiales necesarios para su fabricación.
    • Algunos de los materiales necesarios para la fabricación de estos dispositivos son motivo de preocupación mundial debido a sus impactos sociales, económicos y geopolíticos (por ejemplo, se precisan materias primas críticas como el tantalio y el tungsteno).
    • Al final de su vida útil, los teléfonos inteligentes y las tabletas generalmente se dejan “hibernados”, es decir, sin usar en casa. Esto supone un desperdicio de recursos pues, con los procesos adecuados, podrían reutilizarse o reciclarse.
    • Los usuarios reemplazan con demasiada frecuencia estos dispositivos, entre otros, por los siguientes motivos:
      • El usuario desea un nuevo modelo/software (no relacionado con el mal funcionamiento del dispositivo).
      • La disponibilidad (limitada) de las piezas de repuesto más comúnmente dañadas (la pantalla, la batería y, a veces, la tapa trasera).
      • La disponibilidad (limitada) de versiones actualizadas del sistema operativo, firmware o software.
      • El coste y la facilidad de reparación.
      • Duración reducida de la batería a lo largo del tiempo.

El objetivo es desarrollar medidas regulatorias para estos dispositivos bajo la Directiva de Ecodiseño, por lo que están diseñados para ser energéticamente eficientes y duraderos, reparables, actualizables, fáciles de mantener, reutilizables y reciclables.  Y también se deberá valorar la posibilidad de que un esquema de etiquetado energético indique la duración probable de la batería de teléfonos móviles y tabletas.

Según los estudios realizados en el marco de estas iniciativas, la adopción de determinadas medidas podría tener impactos ambientales positivos. Así, por ejemplo:

    • Extender la vida útil promedio de los dispositivos en aproximadamente 1 año podría reducir el impacto climático en un 25% al ​​nivel de todo el mercado de teléfonos móviles
    • Deben lograrse reducciones adicionales en los impactos ambientales (hasta otro 20%, al nivel de todo el mercado de teléfonos móviles) a través de otras medidas, como una mejor información sobre los impactos de la fase de fabricación.
    • La mejora de la eficiencia del material de los podría reducir el consumo de materia prima hasta en un 30% al nivel de todo el mercado de teléfonos móviles.

En particular, se identifican los siguientes aspectos que podrían mejorarse respecto al diseño y etiquetado de estos productos:

    • Aumento de la resistencia ante caídas accidentales.
    • Protección contra el agua y el polvo.
    • Accesibilidad y longevidad de la batería.
    • Disponibilidad de actualizaciones de software/firmware/sistema operativo
    • Durabilidad del producto
    • Capacidad del producto para ser desmontado
    • Disponibilidad de repuestos prioritarios
    • Funcionalidades de eliminación y transferencia de datos
    • Suministro de información adecuada a usuarios, reparadores y recicladores.

Sobre estos aspectos, se realizó un estudio preparatorio en nombre de la Comisión Europea para el desarrollo de esta iniciativa. En este estudio se pueden encontrar propuestas técnicas para la formulación de los requisitos de ecodiseño y de etiquetado energético que se proponen respecto a los teléfonos móviles inteligentes y otros tipos de móviles, teléfonos inalámbricos y tabletas. Sin ánimo de ofrecer un análisis exhaustivo de este estudio, se expresan a continuación algunos de sus aspectos que consideramos más reseñables respecto a los requisitos que se proponen que cumplan los teléfonos móviles inteligentes (smartphones) y las tabletas:

    • Disponibilidad para reparadores profesionales de piezas de repuesto hasta 5 años después de haber puesto la última unidad del modelo en el mercado. En el caso de las tabletas, este período será de 6 años. En cuanto a los usuarios no profesionales de la reparación, la disponibilidad de estas piezas se limita al montaje de la pantalla y al cargador.
    • La batería debe poder recargarse un mínimo de 1000 veces.
    • Las instrucciones de reparación para determinadas partes de los teléfonos móviles (como la batería, la cámara, la pantalla o los botones) deben estar disponibles en una página web de acceso gratuito hasta 7 años después de haber puesto la última unidad del modelo en el mercado. En el caso de las tabletas, este plazo será de 6 años. No obstante, para la mayoría de estas partes esta información deberá ser solicitada por parte de un profesional de la reparación, tal y como ocurre respecto a la disponibilidad de las piezas de repuesto.
    • Los teléfonos deben poder resistir al menos 200 caídas accidentales con cubierta protectora, o 100 sin ella, sin perder funcionalidad.
    • Las pantallas deben ser resistentes a ralladuras (deben tener un nivel de dureza 4 en la escala de Mohs).
    • Deben tener un nivel determinado de resistencia al polvo y al agua (de acuerdo con la norma IEC 60529).
    • Las actualizaciones de seguridad del software deben estar disponibles por 5 años, y las actualizaciones de los sistemas operativos durante 3, de modo gratuito.
    • Los componentes plásticos más pesados de 50 gramos deben marcarse adecuadamente y de forma legible, especificando el polímero de que se trata.
    • En una página web de acceso gratuito debe publicitarse la siguiente información:
      • Compatibilidad del móvil con tarjetas de memoria.
      • Resultados del análisis del ciclo de vida del producto.
      • Otros aspectos relacionados con el proceso de fabricación del producto, como, por ejemplo, si el consume de energía ha sido de fuentes renovables.
      • Indicación de la cantidad aproximada de minerales críticos presentes en el producto, como el cobalto, tantalum, neodymium o el oro.
      • El índice de eficiencia energética.
      • La duración mínima de la batería.
      • El impacto que produce en el tiempo de vida de la batería su exposición a altas temperaturas o la carga rápida.
      • El efecto que produce apagar el wifi o el bluetooth en cuanto al consumo de batería.
    • Si el producto se vende sin cargador, en su envoltorio debe indicarse que el cargador no se incluye por razones ambientales, e indicar con qué tipo de cargador es compatible.

Según la hoja de ruta de la iniciativa, se espera que la Comisión adopte esta regulación en el segundo trimestre de 2022, tras haberse realizado una consulta previa entre los meses de mayo y agosto de 2021.

2.9.    Restricción en el uso de sustancias preocupantes en aparatos electrónicos

Según la Comunicación de la Comisión Europea “Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas. Hacia un entorno sin sustancias tóxicas“, de octubre de 2020 es necesario garantizar que las materias primas primarias y secundarias sean siempre seguras y, con ello, también los productos.

En el mismo sentido, el Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular señala que es necesario combinar actuaciones en fases previas, para garantizar la seguridad y sostenibilidad de los productos desde el diseño, y en fases posteriores, para incrementar la seguridad y la confianza en los materiales y productos reciclados.

Para ello, la Comisión llevará a cabo las siguientes acciones:

    • Reducirá al mínimo la presencia de sustancias preocupantes en los productos a través de la introducción de requisitos legales, también en el marco de la Iniciativa sobre una Política de Productos Sostenibles, dando prioridad a las categorías de productos que afectan a poblaciones vulnerables, así como a aquellas con mayor potencial de circularidad, entre los que se encuentran la electrónica y las TIC.
    • Garantizará la disponibilidad de información sobre el contenido químico y el uso seguro, introduciendo requisitos de información en el contexto de la Iniciativa sobre una Política de Productos Sostenibles y haciendo un seguimiento de la presencia de sustancias preocupantes a lo largo del ciclo de vida de los materiales y productos.
    • Velará por que las autorizaciones y excepciones a las restricciones para materiales reciclados con arreglo al Reglamento REACH correspondan solo a casos muy especiales y justificados.
    • Apoyará las inversiones en innovaciones sostenibles que permitan descontaminar los flujos de residuos, aumentar el reciclado seguro y reducir la exportación de residuos.
    • Desarrollará metodologías para la evaluación del riesgo químico que tengan en cuenta todo el ciclo de vida de las sustancias, materiales y productos.

Más específicamente, en relación con los aparatos eléctricos y electrónicos se pretende revisar la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, a fin de simplificar, incrementar su eficiencia y mejorar su aplicación. No obstante, esta modificación, aunque prevista para el 4º trimestre de 2022, de momento no se ha sometido a consulta pública.

2.10    Investigación e innovación en el ámbito del tratamiento de residuos y la recuperación de materias primas fundamentales

Como se indica en la Comunicación de la Comisión “Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad”, de septiembre de 2020, en 2021 se deberán poner en marcha actividades de investigación e innovación en el terreno de las materias primas fundamentales en relación con el tratamiento de residuos, los materiales avanzados y la sustitución.

Asimismo, también señala que resulta clave realizar las siguientes acciones:

    • Identificar el suministro potencial de materias primas secundarias procedentes de reservas y residuos de la UE e identificar proyectos de recuperación viables antes de 2022. Entre las zonas con potencial, se incluyen las zonas de depósito de residuos mineros o escombreras.
    • Promover la innovación en el ámbito de los materiales, el diseño sostenible y el desarrollo de tecnologías alternativas que requieran materiales diferentes.

2.11.    Reforma de la normativa sobre compraventa de bienes

Las normas de la Unión Europea sobre la compraventa de bienes, en especial, respecto a las garantías de productos tienen consecuencias indirectas en cuestiones como la durabilidad y reparabilidad de productos.

En particular, la Directiva sobre la compraventa de bienes establece un período de garantía de dos años que se aplica a las ventas de todos los productos en la UE. La garantía legal sobre bienes de segunda mano es un año. Si el producto resulta defectuoso mientras está en garantía, el vendedor debe repararlo o reemplazarlo, y si esto no tiene éxito, ofrecer un descuento o devolver el dinero pagado.

Las garantías del consumidor y las condiciones de durabilidad de los bienes se han visto reforzadas con la aprobación de la Directiva (UE) 2019/771 de compraventa de bienes:

    • Se incluye la durabilidad de los bienes como uno de los requisitos objetivos de conformidad entre vendedor y comprador.
    • Aunque no se aumentan los períodos de garantía, ni con carácter general ni para determinados tipos de productos, se prevé que los Estados miembros puedan establecer un plazo superior, sin límite en el caso de las garantías y por un plazo máximo de dos años en el caso de la inversión de la carga de la prueba.
    • Se mantiene la posibilidad de que el consumidor elija, en caso de falta de conformidad, entre la reparación o sustitución. Esta solución es criticada por diversos autores, que consideran que no deberían equipararse ambas opciones debido a su diferente impacto ambiental.

No obstante, existe margen de mejora. Como indica la Comunicación de la Comisión Europea relativa a la “nueva agenda del consumidor” de noviembre de 2020, se prevé revisar la Directiva sobre la compraventa de bienes a partir de 2022, para promover la reparación y fomentar el uso de productos circulares más sostenibles. Así, se analizarán varias opciones:

    • Dar preferencia a la reparación sobre la sustitución.
    • Ampliar el período de responsabilidad mínimo para los bienes nuevos o de segunda mano.
    • Reiniciar un nuevo período de responsabilidad tras la reparación.

2.12.     Medidas para minimizar la huella de la contaminación externa de la Unión Europea

En la Comunicación de la Comisión “Plan de Acción de la UE: contaminación cero para el aire, el agua y el suelo”, de mayo de 2021 se destaca el hecho de que los RAEE y los residuos de baterías y pilas se incluyen entre los flujos de residuos que más rápido están aumentando, principalmente en países en desarrollo.

Por ello, la Comisión prevé apoyar las siguientes iniciativas reforzar las medidas previstas en el Convenio de Basilea, para supervisar mejor el comercio internacional de este tipo de flujos de residuos y mejorar su gestión. Concretamente, la Comisión estudiará una iniciativa mundial con sus socios internacionales para poner fin al reciclaje informal de las baterías de plomo-ácido usadas.

3.       Iniciativas y cambios normativos futuros en la cadena de valor de los aparatos eléctricos y electrónicos en España

3.1.    Estrategia de economía circular. España 2030

La Estrategia española de economía circular señala que el consumo de productos y componentes electrónicos representa un área de atención preferente, teniendo en cuenta su elevado consumo y generación de residuos. Por ello, se señala que de promoverse la reducción del número de residuos generados, por ejemplo, a través de la elongación de la vida útil del producto, potenciando su reutilización o, en última instancia, su reciclaje.

3.2.    I Plan de economía circular 2021-2023

El  I Plan de economía circular 2021-23  contempla los siguientes aspectos en relación con los aparatos eléctricos y electrónicos:

3.3.    Modificación de la normativa de consumo

El Real Decreto-ley 7/2021 de 27 de abril, por el que se transponen varias directivas de la Unión Europea sobre distintos ámbitos, modificó la Ley General de Consumidores y Usuarios para transponer la Directiva 2019/770 del Parlamento europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, así como la Directiva 2019/771 del Parlamento europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes.  Entre los cambios más relevantes se encuentran los siguientes:

    • Plazo para la manifestación de la falta de conformidad: se amplía el plazo de 2 a 3 años para que el consumidor pueda manifestarse la falta de conformidad.
    • Plazo de presunción de no conformidad: se establece un plazo de dos años para la presunción de que toda falta de conformidad que se manifieste existía en el momento de la entrega del bien o de un año si se trata de un servicio.
    • La durabilidad de los bienes se incluye expresamente entre los criterios para valorar la conformidad de los bienes. Así, para que los bienes sean conformes deben poseer la durabilidad que sea habitual en bienes del mismo tipo y que se pueda razonablemente esperar habida cuenta de la naturaleza de los bienes específicos.
    • Se aumenta de 5 a 10 años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse el plazo mínimo durante el cual se debe garantizar la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de los repuestos necesarios.
    • El plazo de prescripción para ejercitar la acción relativa a las faltas de conformidad se incrementa además de tres a cinco años desde la manifestación de la falta de conformidad.

3.4.    Índice de reparabilidad

En línea con lo señalado en el I Plan de economía circular 2021-2023, el Ministerio de Consumo está trabajando en la elaboración de una normativa relativa al  Índice de Reparabilidad. Este índice, similar al que ya se ha implantado en Francia, es un etiquetado que muestra de manera sencilla y visual en qué grado es posible o no la reparación del aparato eléctrico o electrónico en cuestión, permitiendo a las personas consumidoras contar con esta información a la hora de contrastar diferentes opciones de compra.

Además, como se señala en el I Plan de economía circular 2021-2023, este etiquetado debería incluir información específica sobre los componentes críticos que pueda contener un producto y sus garantías en la utilización de productos reutilizados.

4.       Conclusiones

El consumo actual y las previsiones de crecimiento de la demanda de aparatos eléctricos y electrónicos nos sitúan ante un grave problema ambiental. Los retos a afrontar son múltiples y complejos, y afectan a la totalidad de los agentes intervinientes en esta cadena de valor. De poco o nada sirve mejorar los índices de recogida de aparatos eléctricos y electrónicos, si se continúan diseñando sin tener en cuenta criterios de durabilidad, o si los consumidores no disponen de información suficiente y confiable acerca de las características ambientales de los productos. Por ello, la magnitud de los retos ambientales es pareja a los numerosos cambios normativos que se avecinan y que afectarán a esta cadena de valor.

La Unión Europea y España preparar un conjunto de iniciativas políticas y medidas normativas que afectan a numerosos ámbitos de regulación que, en esta materia, se demuestran fuertemente interrelacionados. Así, las medidas se refieren al ámbito del diseño ecológico, de la etiqueta energética, de la normativa de consumo y garantías de la compraventa y de la regulación relativa a las sustancias químicas. Los ordenadores, los móviles, las tabletas y los cargadores son algunos de los aparatos que, próximamente, serán objeto de una nueva regulación.

La adopción de estas medidas, de revestir la ambición suficiente, deberán situarnos ante el plano teórico de poder cumplir con los objetivos señalados en el Acuerdo de París, el Pacto Verde Europeo, y en el Plan de Acción de Economía Circular de 2020. No obstante, se detectan ámbitos en los que cabe seguir actuando. Así, por ejemplo, podría avanzarse en el ámbito de la fiscalidad ambiental eximiendo o reduciendo del IVA a los servicios de reparación, remanufactura y preparación para la reutilización, así como para apoyar el uso de materiales secundarios (por ejemplo, estableciendo impuestos sobre materiales vírgenes). Como ejemplos de experiencias comparadas, en Finlandia los plazos de garantía de los productos van ligados a su expectativa de vida (de manera que, en determinados casos, podrán ser más amplios), y, en Francia se tipifican como delito las prácticas de obsolescencia programada, a partir de 2022 se obligará a los productores a proporcionar a los vendedores o reparadores profesionales la información necesaria para emplear impresiones 3D para elaborar piezas de repuesto siempre que resulte posible, y los sistemas de responsabilidad ampliada del productor financiarán un “fondo de reparación,” a fin de reducir el coste de reparación para los consumidores.

No obstante, el efectivo cumplimiento de todas estas medidas dependerá también de cuáles sean los medios con los que se cuente para el control de su cumplimiento, así como para lograr cambiar las pautas de producción y consumo fuertemente arraigadas. De hecho, gran parte de las iniciativas mencionadas en este artículo se adoptarán con retraso respecto a los plazos inicialmente previstos, lo que ocasiona graves costes ambientales y  perjuicios económicos para los consumidores.


alopez.ferro@terraqui.com

Linkedin

Abogada, licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela (2014), Máster de Abogacía por la Universidad de Santiago de Compostela (2016), Máster en Derecho Ambiental (2019) por el CEDAT- Universidad Rovira i Virgili. Actualmente es profesora associada de derecho administrativo en la Universitat Rovira i Virgili. Inició su carrera profesional en el ámbito privado, ejerciendo la abogacía por cuenta propia y colaborando con otros profesionales autónomos. Asimismo, colaboró y prestó asesoramiento jurídico a distintas entidades en materia de Derecho ambiental.

Los subscriptores de nuestro newsletter reciben mensualmente los últimos artículos publicados en este blog. ¿Desea recibir la última hora del derecho ambiental en su buzón de correo electrónico? ¡Subscríbase!