Dada la necesidad de aprobar Planes Rectores de Uso y Gestión de Espacios Naturales y dotarlos de financiación para llevar a cabo las medidas que se establezcan, es esencial un mecanismo de seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad que permita aprovechar al máximo todos los instrumentos de financiación de la UE con este fin. En este sentido, es interesante tener en cuenta el estudio elaborado por el IEEP en el cual se describe un enfoque viable para el seguimiento de los gastos relacionados con la biodiversidad en virtud de los distintos instrumentos de financiación de la UE.
Una de las conclusiones del Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el estado y las tendencias de los tipos de hábitats y las especies regulados por las Directivas de Aves y de Hábitats durante el período 2007-2012, exigido en virtud del artículo 17 de la Directiva de Hábitats y del artículo 12 de la Directiva de Aves – COM(2015) 219 final de 20 de mayo de 2015 – es que una gestión y restauración efectivas de los espacios Natura 2000 son fundamentales para alcanzar los objetivos de las Directivas.
A pesar de los avances realizados en el establecimiento de la red Natura 2000, éstos no han sido suficientes a la hora de aplicar objetivos y medidas de conservación que respondan completamente a las necesidades de las especies y hábitats protegidos. Según la información presentada, solo el 50 % de los espacios contaba a finales de 2012 con planes de gestión globales. Los instrumentos de financiación de la Unión Europea (UE), que ofrecen oportunidades para facilitar la gestión y restauración de los espacios Natura 2000, no se han utilizado suficientemente.
Ante la necesidad de aprobar los correspondientes Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) así como los Planes de Gestión de Uso y Gestión (PRUG) de los Parques Naturales, y de utilizar todas las posibilidades que ofrecen los diversos instrumentos de financiación de la UE, la Comisión Europea está estudiando la definición de un mecanismo de seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad en el presupuesto de la unión Europea.
Se entiende por “gastos relativos a la biodiversidad” los gastos que fomentan las actividades que contribuyen a los tres objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y las metas y acciones establecidas en la Estrategia de Biodiversidad de la UE para 2020 – COM (2011) 244 final de 3 de mayo de 2011. Estos incluyen actividades que fomentan:
- La conservación y restauración de la biodiversidad (ecosistemas, especies y diversidad genética) y el mantenimiento de los servicios de los ecosistemas relacionados;
- El uso y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas (incluidas las actividades dentro de la agricultura, la silvicultura, la pesca y otros sectores); y
- La distribución justa y equitativa de los beneficios de la utilización de los recursos genéticos, con beneficios previstos para la conservación, el uso sostenible y la gestión de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.
A parte de las actividades relacionadas con la protección directa y la gestión de la biodiversidad y los ecosistemas, esta definición incluye el apoyo a acciones tales como la investigación, la sensibilización, la creación de capacidades, el desarrollo de políticas y su ejecución, planificación y seguimiento.
De acuerdo con el estudio elaborado por el Institute for European Environmental Policy (IEEP) sobre el seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad en el presupuesto de la Unión Europea, publicado en mayo de 2015, el mencionado mecanismo de seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad pueden asignarse de acuerdo a las siguientes categorías:
- Los gastos respecto a los cuales la biodiversidad es el objetivo principal (primario) son aquellos en los que los objetivos de biodiversidad pueden ser identificados como fundamentales en el diseño y el impacto de la actividad y son un objetivo explícito de la actividad. Estos gastos se cuentan como 100 % relacionados con la biodiversidad;
- Los gastos respecto a los cuales la biodiversidad es un objetivo importante pero no predominante son aquellos para los que, a pesar de ser importantes, los objetivos de biodiversidad no son una de las principales razones para emprender la actividad. Estos gastos se cuentan como 40 % relacionados con la biodiversidad; y
- Los gastos no destinados a objetivos de biodiversidad deben ser contados como 0 % relacionados con la biodiversidad.
Con el fin de clasificar los gastos en los principales instrumentos de financiación de la UE, es necesario definir los gastos relacionados con la biodiversidad y especificar los criterios que pueden utilizarse para distinguir entre los tipos de gastos para los que la biodiversidad es un objetivo primario (100 %), uno secundario pero que incluye objetivos significativos (40 %) y los que no deben ser considerados como relacionados con la biodiversidad (0 %).
Los gastos relacionados con la biodiversidad en el presupuesto 2014-2020 de la UE se puede definir como los gastos relacionados con los principales objetivos de la Estrategia de biodiversidad de la UE. Esta Estrategia establece los siguientes seis objetivos y veinte acciones que tienen como finalidad detener la pérdida de biodiversidad en la UE y contribuir a los esfuerzos para detener la pérdida de biodiversidad a nivel internacional:
Objetivo 1: Aplicar plenamente las Directivas de Aves y Hábitats
Objetivo 2: Mantener y restaurar los ecosistemas y sus servicios
Objetivo 3: Aumentar la contribución de la agricultura y la silvicultura al mantenimiento y mejora de la biodiversidad
Objetivo 4: Garantizar el uso sostenible de los recursos pesqueros
Objetivo 5: Combatir las especies exóticas invasoras
Objetivo 6: Ayudar a evitar la pérdida de biodiversidad mundial
En conjunto, estos objetivos y acciones contribuyen a los tres objetivos del Convenio de Diversidad Biológica de conservación de la biodiversidad, el uso sostenible y la distribución justa y equitativa de los beneficios, y se transponen en la UE en el Plan Estratégico del CDB y sus Metas de Aichi. Aunque no categorizan de forma sistemática todos los gastos principales, los mismos se pueden servir para cubrir la gama de acciones de biodiversidad en la UE.
El estudio sobre el seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad en el presupuesto de la UE elaborado por el IEEP, mayo de 2015, describe un enfoque viable para el seguimiento de los gastos relacionados con la biodiversidad en virtud de los distintos instrumentos de financiación de la UE. Presenta las principales investigaciones y el trabajo analítico sobre la utilización de la herramienta principal seleccionada por la Comisión Europea para el ejercicio de seguimiento, los 100, 40 y 0 anteriormente mencionados.
Los principales instrumentos financieros de la UE analizados por el estudio del IEEP son los siguientes:
1. La política de cohesión: el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo de Cohesión (FC) y el Fondo Social Europeo (FSE)
2. El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
3. La política agrícola común: el Fondo Europeo de Agricultura de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
4. El Programa LIFE
5. El Programa Marco de la UE para la Investigación y la Innovación (Horizonte 2020)
6. El Programa de Copérnico
7. El Instrumento de la Cooperación y Desarrollo (ICD) y el Instrumento Europeo de Vecindad (IEV)
8. El Instrumento de Asociación (PI)
9. El Instrumento de Ayuda de Preadhesión (IPA II)
10. El Mecanismo de Protección Civil de la Unión (UCPM)
El estudio elaborado por el Institute for European Environmental Policy (IEEP) sobre el seguimiento de los gastos relativos a la biodiversidad en el presupuesto de la Unión Europea consta de dos partes. Éstos son los enlaces a la primera parte y a la segunda parte.