Francia da un paso más en la normativa de promoción de un consumo de bienes durables y de la lucha contra la obsolescencia programada

En la promoción de un consumo de bienes durables y de la lucha contra la obsolescencia programada, el derecho interno francés no se ha limitado a transponer diversas Directivas europeas que tratan indirectamente la obsolescencia programada. La reciente modificación del Código de Consumo y el proyecto de Ley de transición energética tienen, así como su desarrollo ahora con el Decreto 2014-1482, la expresa voluntad de transformación de los modos de producción y consumo hacia un modelo más sostenible.

En el marco del derecho de la Unión Europea, la normativa de residuos -concretamente las Directivas 2008/98/CE sobre los residuos y 2012/19/UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos- trata de una forma indirecta la obsolescencia programada, en el sentido de promover la puesta en el mercado de productos durables y reparables.

El derecho interno francés, en cambio, ha ido más allá y ha impulsado normativamente la promoción del consumo de bienes durables y reparables y la lucha contra la obsolescencia programada de una forma explícita al entender que ello permitirá no sólo reducir la extracción de recursos naturales y la producción de residuos, sino también desarrollar el sector de la reparación y relocalizar en Francia la riqueza y la creación de empleo.

Efectivamente, la Ley 2014-344 de 17 de marzo de 2014 (Ley Hamon) relativa al consumo y también el proyecto de Ley relativo a la transición energética para el crecimiento verde, adoptado el 14 de octubre de 2014 por la Asamblea Nacional, establecen toda una serie de medidas que se inscriben expresamente en la voluntad de transformación de los modos de producción y consumo hacia un modelo más sostenible. Concretamente, desde el punto de vista económico, desde hacía años el sector de la reparación tenía dificultades y diversos estudios pusieron en evidencia que la falta de información a los consumidores sobre la posibilidad de reparación y la disponibilidad de piezas de repuesto para reparar los productos averiados son un freno al desarrollo de este sector.

Por ello, el artículo 6 de la Ley Hamon relativa al consumo, añadió el artículo 111-3 del Código de Consumo, estableciendo las obligaciones de información y de oferta de las piezas de repuesto necesarias indispensables para la utilización de un bien. De la misma manera, así se ha recogido en el artículo 4 del proyecto de Ley relativa a la transición energética para el crecimiento verde. El Decreto nº 2014-1482 de 9 de diciembre de 2014 relativo a las obligaciones de información y de oferta de las piezas de repuesto indispensables para la utilización de un bien, que entrará en vigor el 1 de marzo de 2015, precisa las modalidades y condiciones de dicha obligación de información destinada a los consumidores y ofrece una garantía de seguridad jurídica a los acuerdos y redes de distribución selectiva y exclusiva.

Así, cuando sea informado por el fabricante o importador de la duración de la disponibilidad de estas piezas de repuesto, el distribuidor de productos deberá informar al consumidor de forma visible y legible en todo el documento comercial y antes de la venta, así como en la orden de compra o cualquier documento que acompañe a la venta. Esta información podrá consistir en una duración o una fecha límite de disponibilidad de las piezas.

El fabricante deberá proporcionar a los vendedores o a los reparadores de las piezas de repuesto indispensables para la reparación de los productos, en un plazo de dos meses.

En definitiva, la disponibilidad de piezas de repuesto podrá convertirse así en un criterio en la elección de los consumidores, permitiendo promover un consumo de bienes durables, dado que son reparables, y luchar contra la obsolescencia programada de los productos. Esta medida consolidará también los canales de reparación y reutilización.

De hecho, cada vez es más evidente que el sector de la reparación y la reutilización es la clave de la transformación de los modos de producción y consumo hacia un modelo más sostenible y el principal cambio se va producir cuando todos los agentes implicados en este sector tengan garantizada una seguridad jurídica que facilite su desarrollo e implantación. España, puede tomar nota del ejemplo francés con el fin de promover la economía circular.

 


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Licenciada en Derecho (1997) y Doctora en Derecho Administrativo por la Universidad de Barcelona (2002). International and Comparative Law Master, Universidad de Uppsala, Suecia (1997). Lund University International Master’s Program in Environmental Studies and Sustainability Science (1998). A lo largo de su carrera profesional en el sector público y privado, ha adquirido amplia experiencia en la implementación de la normativa ambiental vinculada a diversas áreas. Ha realizado funciones de investigación, gestión y consultoría ambiental para varias universidades, organizaciones no gubernamentales y la Generalitat de Catalunya. Maria José Meseguer Penalva fue miembro de Terraqui desde 2013 hasta 2015.

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