Finaliza el plazo de consulta previa sobre la transposición de la Directiva 2014/52/UE relativa a la evaluación ambiental de proyectos

El 6 de abril finaliza el plazo de Consulta Pública previa sobre la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2014/52/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

La Consulta Pública se inició el pasado día 15 de marzo y es un paso previo a la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la Directiva 2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

El plazo de transposición de la Directiva 2014/52/UE finaliza el día 17 de mayo de 2017.

Como ya explicamos en un post anterior, la Directiva 2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente incluye novedades importantes en cuanto a la evaluación de cuestiones medioambientales que pueden verse afectadas por el proyecto.

Ello responde a que, en la última década, cuestiones medioambientales, como la eficiencia en el uso de los recursos y la sostenibilidad de los mismos, la protección de la biodiversidad, el cambio climático y los riesgos de accidentes y catástrofes, han adquirido mayor importancia en la elaboración de las políticas. Por tanto, deberían constituir también elementos importantes en los procesos de evaluación y toma de decisiones.

Recordemos las Comunicaciones de la Comisión Europea sobre la “Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos”, la “Estrategia temática para la protección del suelo”, “Un enfoque comunitario para la prevención de catástrofes naturales y de origen humano”, los Convenios de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica y Cambio Climático, y la protección del patrimonio arqueológico y del paisaje.

En este sentido, se han modificado el artículo 3 sobre los efectos significativos de un proyecto, el artículo 5 (1) sobre el contenido mínimo de la información a facilitar por parte del promotor en la evaluación de impacto ambiental del proyecto, y el Anexo IV sobre información mencionada en el artículo 5 (1).

En estos preceptos se incorpora de forma más detallada los factores sobre los cuales se evalúa los efectos derivados del proyecto propuesto. Y, además, se añade la obligación de que los efectos de dichos factores incluyan los efectos esperados derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de desastres que incidan en el proyecto de que se trate.

Pues bien, antes de proceder a la transposición de esta norma, el MAPAMA realiza la consulta previa de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas y con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en esta consulta, hasta el día 6 de abril de 2017, éste  inclusive, a través del siguiente buzón de correo electrónico: ley-evaluacionambiental@mapama.es.

Tienen acceso a la consulta completa en este enlace.


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Comunicóloga, formadora y coach. Licenciada en Sociología por la UB (1997). Máster en Comunicación Científica, especializada en Biotecnología y Medio Ambiente por la Universidad Pompeu Fabra (2000) y Máster en Coaching Personal por la Escuela Coach Creativo (2009).

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