El pasado 28 de abril de 2021 se aprobó la Resolución del Parlamento Europeo sobre la protección del suelo, por la cual se pone de manifiesto la necesidad de elevar dicha preservación desde un marco europeo común, promoviendo su papel multifuncional (esto es, suministro de alimentos, sumidero de carbono, plataforma para actividades humanas, producción de biomasa, reserva de biodiversidad, prevención de inundaciones y sequías, fuente de materias primas, recursos farmacéuticos y genéticos, ciclo del agua y de los nutrientes, almacenamiento y filtrado, almacenamiento del patrimonio geológico y arqueológico) y su uso sostenible, siguiendo los objetivos del Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente y del Pacto Verde Europeo.
La protección y restauración del suelo se encuentra entre los objetivos temáticos prioritarios del Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente, y a la vez subsumido entre los objetivos del Pacto Verde Europeo, como son la neutralidad climática, la restauración de la biodiversidad, la ambición de una contaminación cero para un entorno libre de sustancias tóxicas, unos sistemas alimentarios sanos y sostenibles, y un medio ambiente resiliente; así como entre los objetivos de la Estrategia «De la Granja a la Mesa»; la Estrategia forestal de la UE, la Estrategia sobre la biodiversidad para 2030, o bien el reciente Plan de acción de contaminación cero para el agua, el aire y el suelo.
La protección del suelo, su uso circular y sostenible y su restauración deben integrarse en todas las políticas sectoriales pertinentes de la Unión y ser coherentes con ellas, a fin de impedir una mayor degradación de los suelos, garantizar un nivel de protección alto homogéneo y asimismo de rehabilitación, cuando sea posible, y evitar solapamientos, incoherencias e incongruencias entre las normativas y las políticas de la Unión.
A modo informativo, cabe destacar que la inacción de los Estados Miembros respecto de la degradación del suelo supera los 50.000 millones de euros al año.
En este marco, el Parlamento Europeo ha abogado para revisar las políticas pertinentes con vistas a garantizar la coherencia de las políticas en relación a la protección del suelo. La presente Resolución, aunque propiamente no tenga efectos jurídicos vinculantes, expresa la posición política del Parlamento al respecto, estableciendo compromisos y posiciones políticas. Cabe decir que esta resolución no parte de cero, sino que, en el año 2007, la Comisión Europea ya planteó un proyecto de directiva sobre los suelos, el cual no prosperó a causa de las posiciones discordantes en el propio Consejo.
Ante este escenario, mediante la presente Resolución se insta a la Comisión Europea a diseñar un marco jurídico común a escala de la Unión Europea para la protección y el uso sostenible de los suelos, abordando las principales amenazas al suelo, que incluya:
- Definiciones comunes de suelo y de sus funciones, criterios relativos a su buen estado y al uso sostenible.
- Objetivos, indicadores, incluidos indicadores armonizados, y una metodología para el seguimiento continuo de la situación del suelo y la presentación de informes al respecto.
- Objetivos intermedios y finales mensurables con conjuntos de datos armonizados y medidas y calendarios adecuados para hacer frente a todas las amenazas detectadas, teniendo en cuenta las mejores prácticas extraídas de las actuaciones «pioneras» y respetando los derechos de propiedad de la tierra.
- Aclaración de las responsabilidades de las distintas partes interesadas.
- Un mecanismo para el intercambio de buenas prácticas y formación, y medidas de control adecuadas.
- Recursos financieros adecuados.
- Integración efectiva con los objetivos políticos e instrumentos pertinentes.
Asimismo, se propone que esta futura “directiva” o “instrumento legislativo” vaya acompañado de:
- Un estudio de evaluación de impacto que analice tanto los costes de la acción como de la inacción en términos de impacto inmediato y a largo plazo en el medio ambiente, la salud humana, el mercado interior y la sostenibilidad general.
- Una lista abierta de actividades que presenten un potencial significativo de contaminación del suelo, que podría compilarse a partir de listas exhaustivas (públicas y actualizadas) a escala nacional, y que se armonicen las metodologías de evaluación de riesgos para los terrenos contaminados.
- Disposiciones relativas al inventario de las zonas de riesgo y los terrenos contaminados y zonas industriales abandonadas, así como a la descontaminación de los terrenos contaminados. A tal efecto, piden que se apliquen el principio de que quien contamina paga y que propongan un mecanismo para la rehabilitación de parajes huérfanos, y considera que la rehabilitación de estos lugares podría financiarse mediante mecanismos de financiación europeos.
Para ello, se insta a los Estados miembros a la identificación de terrenos contaminados; actualizar regularmente los inventarios nacionales y que éstos sean accesibles para su consulta pública; y adoptar disposiciones en los Estados miembros para garantizar que las partes en transacciones de tierras sean conscientes del estado del suelo y puedan tomar una decisión con conocimiento de causa.
Otra cuestión relevante es la inclusión en ese marco común de medidas eficaces para prevenir o minimizar el sellado de suelos y cualquier otro uso de la tierra que afecte al rendimiento del suelo, priorizando el reciclaje de las zonas industriales abandonadas, el reciclaje de suelos y el reciclaje de emplazamientos abandonados frente al uso de suelos no sellados. Todo ello con el fin de alcanzar el objetivo de poner término a la degradación de la tierra en 2030 a más tardar y el objetivo de detener la ocupación neta de suelo en 2050 a más tardar, con un objetivo intermedio para 2030. Se añade también la inclusión del derecho a una participación y consulta públicas efectivas y obligatorias sobre la planificación del uso de las tierras, proponiendo medidas con técnicas de construcción y drenaje que permitan preservar el mayor número posible de funciones del suelo.
En esta línea, se solicita la actualización de las directrices sobre mejores prácticas para limitar, mitigar o compensar el sellado del suelo en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo.
También se plantea la necesidad de abordar el problema de la falta de seguridad jurídica para las empresas, debido a su gran potencial para estimular la competencia leal en el sector privado, desarrollar soluciones y conocimientos técnicos innovadores y reforzar la exportación de tecnologías fuera de la Unión.
Por todo ello, se pide una revisión de la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental para reforzar sus disposiciones en relación con los terrenos contaminados.
Otra cuestión a reseñar es la petición a la Comisión consistente en la cuantificación de las tierras ocupadas o selladas y la consiguiente pérdida de servicios ecosistémicos y conectividad ecológica; pide que estos aspectos se tengan en cuenta y se compensen adecuadamente en el contexto de las evaluaciones de impacto ambiental y estratégico de proyectos y programas.
Entre otras medidas, se solicita la coherencia entre la nueva estrategia de protección del suelo y la próxima estrategia forestal de la Unión mediante la inclusión en la estrategia forestal del requisito de gestión sostenible del suelo, como las prácticas agroforestales; así como la revisión de la estrategia temática para la protección del suelo. En este marco, se requiere también la adopción del plan de acción «contaminación cero» para el aire, el agua y el suelo, destinado a construir un planeta más saludable para una población más sana, y se insta a abordar todas las fuentes de contaminación del suelo en el próximo plan de acción sobre contaminación cero y en la revisión de la Directiva sobre las emisiones Industriales.
En la resolución se solicita la revisión de los objetivos de valorización de materiales establecidos en la legislación de la Unión para los residuos de la construcción y la demolición y sus fracciones de materiales específicos incluya un objetivo de recuperación de materiales para los suelos excavados en la revisión de la Directiva marco sobre residuos. A tal efecto, se pide que establezcan un diagnóstico sistemático de la situación y el potencial de reutilización del suelo excavado y un sistema de trazabilidad para los suelos excavados y controles periódicos en los puntos de vertido para evitar el vertido ilegal de suelos contaminados procedentes de antiguas zonas industriales y garantizar su compatibilidad con los puntos receptores.
Respecto a la función de los suelos como sumidero terrestre de carbono, para su captura y almacenamiento, y su contribución a la mitigación del cambio climático, la nueva estrategia sobre el suelo debe garantizar que dicha contribución sea coherente con el resto de la arquitectura de la política climática de la Unión. En consecuencia, entre otras cuestiones, solicita:
- A los Estados miembros que refuercen el uso sostenible del suelo como herramienta para la política del clima en sus planes nacionales de energía y clima y, en particular, en las medidas aplicables a los sectores agrícola y de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (UTCUTS), y que preserven, recuperen y consoliden los sumideros de carbono (especialmente en zonas con suelos ricos en carbono, como prados y turberas), además de tomar medidas para promover el uso sostenible del suelo en la política agrícola y para reducir las emisiones de la agricultura, cuestiones abordadas en el artículo de TERRAQUI “Los suelos: asignatura pendiente en la política climática de la UE” .
- A la Comisión que, en la próxima revisión del Reglamento UTCUTS, fije una fecha límite para que todos los suelos agrícolas sean sumideros netos de carbono, en consonancia con los objetivos de neutralidad climática de la Unión para 2050.
A su vez, establece medidas en temas de agricultura, ecosistemas marinos y protección de las costas, biodiversidad del suelo, ganadería, prevención de la salinización del suelo o controlar sus efectos negativos; integración de la planificación del agua y del suelo, etc. También remarca la necesidad de tener apoyo financiero e incentivos suficientes para promover la protección del suelo, su gestión sostenible, su conservación y su restauración, y la innovación y la investigación a través de la política agrícola común, los fondos de la política de cohesión, Horizonte Europa y otros instrumentos financieros disponibles.
Finalmente, destacar que se pide garantizar que las importaciones a la Unión de productos de terceros países se ajusten a las mismas normas ambientales y de uso sostenible del suelo; recomienda el desarrollo de nuevas zonas verdes, silvícolas y agroforestales, especialmente en las regiones urbanas, para contrarrestar los efectos negativos del alto nivel actual de sellado del suelo en las ciudades europeas; y expresa su apoyo a la misión del programa Horizonte llamada «Cuidar de los suelos es cuidar de la vida», propuesta por el Comité de la Misión para la salud del suelo y los alimentos, cuyo objetivo es garantizar que el 75 % de los suelos estén sanos de aquí a 2030, en beneficio de una alimentación, una población, una naturaleza y un clima sanos.
Por todo ello, mediante la presente Resolución, se insta la Comisión Europea a aprobar un instrumento jurídicamente vinculante para los Estados Miembros, con el fin de preservar, de una vez por todas, el suelo, gestionarlo de manera sostenible, conservarlo y restaurarlo, en su caso, para lograr los objetivos del Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente, del Pacto Verde Europeo, así como de sus Estrategias, y harmonizar las políticas sectoriales de la Unión, remarcando las responsabilidades de aquellos sujetos que contaminen lo suelos.