El próximo 26 de octubre finaliza el plazo de consulta pública previa sobre la transposición de la Directiva 2015/720, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
El año pasado, tal como lo informamos a través del post de Terraqui del 13 de mayo de 2015, la UE adoptó la Directiva 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modificaba la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
El objetivo de la presente Directiva 2015/720 se centra en reducir el consumo de bolsas de plástico de un solo uso y a la vez limitar su impacto negativo en el medio ambiente, incrementando la prevención de residuos. Este objetivo concuerda con los objetivos generales de la política de residuos de la Unión y con la jerarquía de residuos establecida en la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
A más tardar el 27 de noviembre de 2016, debe transponerse el mandato de la directiva, por lo que procede adoptar una norma, aplicable en todo el territorio del Estado, que permita establecer las medidas de reducción de bolsas para poder garantizar que España avanza en la reducción de su consumo, de acuerdo con las siguientes obligaciones:
- Adopción de medidas para las bolsas de plástico ligeras (de menos de 50 micras de espesor): bien encaminadas a lograr como objetivo máximo de consumo de 90 bolsas de plástico ligeras por persona antes de 2020 y 40 bolsas de plástico ligeras por persona antes de 2026 o prohibir la distribución gratuita antes de 2019. Deberá decidirse si España excluye de estas medidas las bolsas de plástico muy ligeras (de menos de 15 micras) usadas por motivos de higiene o para evitar las pérdidas de alimentos.
- Recopilación de la información sobre el consumo anual de bolsas de plástico ligeras en España para remitir dicha información a la Comisión Europea.
- Realización de campañas de información y sensibilización sobre las consecuencias negativas para el medio ambiente del consumo excesivo de bolsas de plástico ligeras.
- Marcado de las bolsas de plástico compostables cuando se apruebe la etiqueta o marca correspondiente a nivel europeo.
- Para ello la norma deberá incluir las siguientes obligaciones:
LLegados a este punto, Francia ya ha efectuado la transposición de la Directiva mediante su Decreto núm. 2016-379, de 30 de marzo de 2016, y que, en su caso, puede servir de referente a la hora de realizar alguna sugerencia sobre el documento expuesto a consulta, que puede efectuarse por e-mail a la siguiente dirección de correo electrónico: Bzn-sug_residuos@magrama.es.
El documento completo sobre la consulta se encuentra en el siguiente enlace.