Infraestructura verde: elemento clave de las estrategias de planificación urbanas y territoriales

La multifuncionalidad que se le reconoce a la Infraestructura Verde como una de sus principales características y un atributo que le permite atender múltiples necesidades de forma simultánea, la convierte en un instrumento de carácter transversal que puede apoyar el desarrollo de numerosas políticas, tanto territoriales como sectoriales.

El 3 de mayo de 2011 la Unión Europea adoptó una nueva estrategia para detener la pérdida de biodiversidad y mejorar la situación en Europa de las especies, los hábitats, los ecosistemas y los servicios que estos prestan durante la próxima década, así como para intensificar la contribución de la UE a la lucha contra la pérdida de biodiversidad en el mundo.

Dicho compromiso fue adoptado en la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural (COM(2011) 244 final de 3 de mayo de 2011). Podemos decir que este es el primer documento europeo que introduce de forma clara el término de la infraestructura verde.

A todo ello, cabe destacar que la preocupación por la diversidad biológica ya empezó en el año 1992, en el marco de la Cumbre de la Tierra, celebrada en Río de Janeiro, a través del Convenio sobre la Diversidad Biológica de 1992. Dicho Convenio puso el acento en la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Todo ello con el fin de promover medidas que conduzcan a un futuro sostenible. Posteriormente, se desarrolló a través del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica.

De la misma manera, en el año 2001, la UE se fijó el objetivo de detener la pérdida de biodiversidad en la UE antes de 2010. Para lograrlo, en el año 2002 se comprometió a cumplir un objetivo establecido a nivel internacional de reducir la pérdida de biodiversidad en todo el mundo antes de 2010. Posteriormente, se intensificaron los esfuerzos para abordar este problema, y en 2006 la Comisión adoptó un Plan de Acción sobre Biodiversidad de la UE con objeto de acelerar los avance.

Asimismo, no fue hasta el año 2010 que se llevaron a cabo los primeros pasos para alcanzar dicho objetivo, a través de la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones “Opciones para una meta y una visión de la UE en materia de biodiversidad más allá de 2010”, de 19 de enero de 2010.

Llegados a este punto, la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de 2011 se centra en seis grandes objetivos para abordar las principales presiones a que están sometidos la naturaleza y los servicios ecosistémicos en la UE y fuera de ella, y establecer las bases para una actuación a nivel de la UE a lo largo de los próximos diez años. Entre los cuales, cabe destacar el relativo a “una mejor protección de los ecosistemas, y un mayor uso de la infraestructura verde”.

De hecho, en la “Actuación 6: Fijar prioridades de restauración y fomentar el uso de infraestructura verde” del segundo objetivo consistente en el “Mantenimiento y restauración de los ecosistemas y sus servicios”, se determina que la Comisión redactará una estrategia en materia de infraestructura verde antes de que concluya 2012, a fin de fomentar el despliegue de dicha infraestructura en las zonas urbanas y rurales de la UE, incluyendo el uso de incentivos para fomentar una inversión temprana en proyectos de infraestructura verde y el mantenimiento de los  servicios ecosistémicos, por ejemplo, mediante un uso más selectivo de los flujos de financiación europea y las colaboraciones público-privadas.

Por todo ello, podemos decir que en esta Estrategia se invoca de forma explícita el uso de la infraestructura verde, en este marco general de proteger las especies y sus hábitats, ayudar a luchar contra el cambio climático y a adaptar a sus efectos y contribuir a alcanzar los objetivos de la iniciativa de la UE a favor de una Europa eficiente en el uso de los recursos.

UE: «Infraestructura verde: mejora del capital natural de Europa»

El año 2013 la Unión Europea adopta el primer documento específico que regula el concepto propiamente de Infraestructura verde, a través de la Comunicación de 6 de mayo, bajo el título Infraestructura verde: mejora del capital natural de Europa”.

Según dicha comunicación la infraestructura verde se basa en el principio de que la protección y valorización de la naturaleza y los procesos naturales, y los numerosos beneficios que la sociedad humana obtiene de la naturaleza, se integran de manera consciente en la planificación espacial y el desarrollo territorial. Frente a la infraestructura gris, de finalidad única, la infraestructura verde aporta múltiples beneficios. No constriñe el desarrollo territorial, pero promueve soluciones naturales si son la mejor opción. A veces puede ofrecer una alternativa a las soluciones grises estándar o complementarlas.

Tal como se menciona en la introducción del documento, según la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos, de 10 de febrero de 2012, la infraestructura verde constituye un paso importante hacia la protección del capital natural. En este marco, la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020 de 19 de marzo de 2011, incluye el compromiso de la Comisión de desarrollar una estrategia sobre infraestructura verde.

De acuerdo con la Comunicación, se concibe la infraestructura verde como “una red de zonas naturales y seminaturales y de otros elementos ambientales, planificada de forma estratégica, diseñada y gestionada para la prestación de una extensa gama de servicios ecosistémicos. Incorpora espacios verdes (o azules en el caso de los ecosistemas acuáticos) y otros elementos físicos de espacios terrestres (incluidas las zonas costeras) y marinos. En los espacios terrestres, la infraestructura verde está presente en los entornos rurales y urbanos”.

Además de ello, se establece que la infraestructura verde puede contribuir de manera significativa a la aplicación efectiva de todas las políticas cuando algunos o todos los objetivos deseados pueden conseguirse, parcial o totalmente, mediante soluciones basadas en la naturaleza.

Entre otras políticas, se reconoce el papel de la infraestructura verde como factor que contribuye a la política regional y al crecimiento sostenible en Europa y que facilita un crecimiento inteligente y sostenible gracias a la especialización inteligente.

También se menciona la infraestructura verde en relación a las políticas derivadas del cambio climático y la gestión del riesgo de catástrofes. En concreto, la infraestructura verde en relación con la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, asi como la resiliencia y mejora de nuestras defensas.

La Comunicación también hace hincapié en que la infraestructura verde puede desempeñar un papel destacado en la protección, conservación y mejora del capital natural de la UE, tal como se señalaba en la reciente propuesta de la Comisión relativa al Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020. En este sentido, se hace especial referencia a la tierra, el suelo, el agua y la conservación de la naturaleza, destacando la acción en las zonas agrícolas y la acción relativa a medidas agroambientales relacionadas con el agua.

Asimismo, no se puede obviar que para lograr que resulten viables, los proyectos de Infraestructura Verde necesitan ser integrados en los procesos de planificación y ordenación del territorio.

UE: Dictamen sobre la Infraestructura Verde: mejora del capital natural de Europa» 2014.

Respecto la infraestructura verde en las áreas urbanas, el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo (de ahora en adelante, CESE), y al Comité de las Regiones – Infraestructura Verde: mejora del capital natural de Europa» (DOCE C 67 de 6.03.2014), destaca su gran potencial ya que aporta beneficios para la salud, mejora el clima urbano, crea empleo y aumenta el atractivo de las ciudades. Sobre todo en las ciudades es importante mejorar la comprensión de las soluciones de infraestructura verde –ya desde la escuela– y reforzar la participación activa de la sociedad civil. El CESE considera el gran interés actual en la horticultura y agricultura urbanas como una clara señal de la voluntad de muchos ciudadanos de contribuir ellos mismo a crear ecosistemas intactos y explorar nuevas formas de espíritu colectivo y solidario.

En otro orden de cosas se destaca la vinculación de la infraestructura verde con otros ámbitos politicos, como la gestión integrada de aguas y costas, la política en material de suelo y la relativa al cambio climático. Al respecto, el CESE dispone que la gestión integrada de aguas y costas debería aprovechar el potencial de la infraestructura verde lo más eficazmente posible.

En materia de suelo, se menciona que la degradación de los ecosistemas en la UE es consecuencia principalmente del aumento de la ocupación del terreno, de su fragmentación y de su uso intensivo. Y que la infraestructura verde puede hacer frente a este problema y debería ser apoyada mediante más medidas de la política europea en materia de suelo destinadas a reducir la ocupación del terreno, incluidas medidas legislativas.

En cuanto a la política climática, se contempla que la infraestructura verde actúa como sumidero de CO2, en particular mediante la protección de los suelos naturales. A la vista del objetivo general de la política climática de convertir la economía europea en una economía hipocarbónica y biológica, aún serán más importantes los ecosistemas que funcionen bien. Los numerosos beneficios de la infraestructura verde deberían recibir especial atención en las estrategias de los Estados miembros de adaptación al cambio climático.

ESPAÑA: La Estrategia Estatal de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas, 2015

Tal como se recoge en su preámbulo, la Ley 33/2015, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,   introduce un nuevo capítulo III, en el título I, relativo a la Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas. Con este nuevo capítulo se pretende dar cumplimiento a la Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité económico y social europeo y al Comité de las Regiones “Infraestructura verde: mejora del capital natural de Europa” de 6 de mayo de 2013, e incorporar algunos de los objetivos de la Estrategia de la Unión Europea sobre la biodiversidad hasta 2020.

Así pues, dicha norma prevé la aprobación de una “Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas, que será elaborada de forma conjunta por la Administración General del Estado y las comunidades autónomas; y deberá aprobarse en un plazo no superior a 3 años (esto es, en septiembre de 2018).

Su objetivo se centra en marcar las directrices para la identificación y conservación de los elementos del territorio que componen la infraestructura verde del territorio español, terrestre y marino, y para que la planificación territorial y sectorial que realicen las Administraciones públicas permita y asegure la conectividad ecológica y la funcionalidad de los ecosistemas, la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, la desfragmentación de áreas estratégicas para la conectividad y la restauración de ecosistemas degradados.

Asimismo, tal como dispone el artículo 15 de la Ley, la Estrategia estatal de infraestructura verde tendrá en especial consideración, entre otros, los espacios protegidos, hábitats en peligro de desaparición y de especies en peligro de extinción, áreas de montaña, cursos fluviales, humedales, vías pecuarias, corrientes oceánicas, cañones submarinos, las rutas migratorias que faciliten la conectividad, y los sistemas de alto valor natural originados como consecuencia de las buenas prácticas aplicadas por los diferentes sectores económicos, así como los hábitats prioritarios a restaurar, los terrenos afectados por los bancos de conservación de la naturaleza y los instrumentos utilizados por las administraciones competentes en la aplicación del Convenio Europeo del Paisaje, hecho en Florencia el 20 de octubre del año 2000.

Seguidamente, la Ley regula que basándose en las directrices de la Estrategia estatal, las comunidades autónomas deberán desarrollar, en un plazo máximo de tres años a contar desde la aprobación de dicha Estrategia estatal, sus propias estrategias, que incluirán, al menos, los objetivos contenidos en la estrategia estatal.

Por otro lado, se destaca también que a la hora de realizar evaluaciones ambientales, una mejor identificación de la infraestructura verde aportará criterios más consistentes para evaluar el potencial impacto de la ubicación de planes, programas o proyectos sobre el medio y, por tanto, su compatibilidad.

De la misma manera, se contempla que tendrá incidencia en la preparación de informes de afección a flora, fauna y espacios protegidos, ya que el desarrollo de la estrategia mejorará la identificación de los elementos del territorio con valor ambiental.

Propuestas locales y regionales de infraestructura verde en el estado español

Plan del Verde y de la Biodiversidad de Barcelona 2020

El año 2013 el Ayuntamiento de Barcelona presentó el Plan del Verde y de la Biodiversidad de Barcelona 2020como un instrumento estratégico para concretar el compromiso municipal respecto a la conservación del verde y de la biodiversidad, y para promover que la población conozca el patrimonio natural, lo disfrute y lo cuide. Es decir, tal como se menciona en el documento, lo que se pretende es lograr una infraestructura ecológica que ofrezca el máximo de servicios a una ciudad donde naturaleza y urbe interaccionen y se potencien en beneficio de las perso­nas, para que estas disfruten del patri­monio natural y participen activamente en la protección y en la mejora de los es­pacios.

Este documento hace una diagnosis de la biodiversidad y del verde, y establece un plan de acción, estableciendo objetivos, líneas estratégicas y acciones, catálogo de acciones y el seguimiento del plan.

Asimismo, sus objetivos son los siguientes:

  • Conservar y mejorar el patrimonio na­tural de la ciudad, y evitar la pérdida de especies y hábitats.
  • Lograr la máxima dotación de superfi­cie verde y su conectividad.
  • Obtener los máximos servicios am­bientales y sociales del verde y de la biodiversidad.
  • Avanzar en el valor que la sociedad otorga al verde y a la biodiversidad.
  • Incrementar la resiliencia de la ciudad ante los retos emergentes, como el cambio climático.

A la vez, dicho documento se estructura en diez líneas estratégicas, cada una de las cuales se concreta en distintas actuaciones prio­ritarias.

 La Infraestructura Verde Urbana de Vitoria-Gasteiz

Por otro lado, en septiembre de 2014 el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, consciente de la necesidad de desarrollar nuevas estrategias y proyectos de intervención para transformar la ciudad en un espacio más resiliente y biofílico, se propuso iniciar una nueva línea de actuación basada en la aplicación de este concepto de Infraestructura Verde a la ciudad de Vitoria-Gasteiz. De aquí que nació el documento de propuesta de “LA INFRAESTRUCTURA VERDE URBANA DE VITORIA-GASTEIZ”.

Dicha propuesta establece que el compromiso ambiental que Vitoria-Gasteiz ha venido demostrando durante las últimas décadas en sus políticas urbanísticas y de gestión del territorio ha supuesto su reconocimiento como European Green Capital 2012 por parte de la Comisión Europea. Este reconocimiento representa un aliciente para continuar trabajando en la mejora ambiental del municipio y en políticas de desarrollo sostenible, asumiendo que el escenario actual de Cambio Global –con la pérdida de biodiversidad, el Cambio Climático, el agotamiento de recursos, la crisis energética y la crisis económica como algunas de sus principales manifestaciones– obliga a repensar las ciudades, buscando la disminución urgente de su huella ecológica y de su impacto ambiental.

Sobre dicho documento, cabe destacar la multifuncionalidad que se le reconoce a la Infraestructura Verde como una de sus principales características y un atributo que le permite atender múltiples necesidades de forma simultánea, lo que la convierte en un instrumento de carácter transversal que puede apoyar el desarrollo de numerosas políticas, tanto territoriales como sectoriales (agricultura, energía, cambio climático, biodiversidad, urbanismo, vivienda, espacio público, etc.). En la ciudad es una herramienta fundamental para la creación de ambientes saludables que mejoran la salud, fsica y psíquica, de sus habitantes, a la vez que contribuye a desarrollar una economía verde y sostenible.

Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana (PATIVEL) 

En noviembre de 2015 la consejera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Comunitat Valenciana inició el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de dicha Comunitat, conocido como PATIVEL.

Este Plan (PATIVEL) es distinto de los mencionados anteriormente. En este caso se trata de un instrumento de ordenación del territorio de ámbito supramunicipal previsto en el artículo 16 de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP). Según la ley, son planes que desarrollan en ámbitos territoriales concretos o en sectores específicos los objetivos, principios y criterios de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana (ETCV), pudiendo su ámbito comprender, todo o en parte, varios términos municipales. Además, estos planes pueden tener un carácter sectorial o integrado en función de los sectores o componentes del territorio abarcados por los mismos

Pues bien, tal como se menciona en la Resolución de 11 de noviembre de 2015 (DOCV número 7658 de 16.11.2015), de la consejera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se inicia el PATIVEL, su urgencia y necesaria formulación y aprobación se basa en actuar de manera inmediata sobre este espacio, definiendo los distintos elementos de su infraestructura verde, sus conexiones con el interior del territorio, sus relaciones y transición con el borde urbano y corrigiendo en lo posible los errores de planificación urbanística que se han producido en los últimos años.

Según el PATIVEL, la infraestructura verde es el elemento crucial del diseño del territorio, puesto que ofrece todas las opciones y alternativas viables para que los nuevos usos del territorio se desarrollen de manera racional y en beneficio del interés público. Por ello, este PATIVEL pretende crear esta infraestructura a través una red de espacios abiertos que incorpore los suelos de mayor valor ambiental (Red Natura 2000, espacios naturales protegidos, zonas húmedas, suelos forestales estratégicos, etc.); los elementos y lugares de valor paisajístico y cultural; los suelos agrícolas de elevada capacidad agrológica; los espacios litorales de interés; los suelos críticos por la presencia de riesgos naturales e inducidos; los suelos de gran pendiente; los conectores que permiten la permeabilidad del territorio, y la conexión entre el litoral y los ecosistemas del interior; y para acabar los tramos vacantes entre continuos urbanizados.

Asimismo, el documento contempla que se definirá esta infraestructura en la franja de 500 metros desde la ribera del mar y tendrá garantizada su permeabilidad y conexión con los espacios que comprenden dicha infraestructura tierra adentro. Como así se determina para este sistema territorial básico en la LOTUP, esta definición de la infraestructura verde siempre será previa a la planificación de nuevos usos en el territorio, los cuales en ningún caso pondrán en peligro su estructura, función y viabilidad. En lo atinente a la utilización del dominio público marítimo-terrestre y sus servidumbres legales se aplicará la legislación vigente en materia de costas.

Cabe destacar que en dicha Resolución se establece la suspensión, por el plazo de un año desde la fecha de la presente resolución, de aprobar nuevos programas de actuación en los suelos clasificados como urbanizables en el ámbito de 500 metros de la franja del litoral definidos en el borrador de plan y el documento inicial estratégico del Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana.

A modo de conclusión, tal como hemos visto con las iniciativas locales de Barcelona y Vitoria-Gasteiz y la propuesta de la Comunitat Valenciana, parece indiscutible que la Infraestructura Verde está empezando a integrarse en los procesos de planificación y ordenación del territorio; así como en el diseño de las políticas sectoriales referentes a la política regional y al crecimiento sostenible, al suelo, cambio climático, agua y costas.  

 Esperemos pues que con ello se logren beneficios para la salud, se asegure la conectividad ecológica y la funcionalidad de los ecosistemas, la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, la desfragmentación de áreas estratégicas para la conectividad y la restauración de ecosistemas degradados.

 

 


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Abogada, licenciada en Derecho por la Universidad de Lleida (2000). Estancia de un año académico en la Università degli Studi di Ferrara (1998-1999). Master en Dirección urbanística e inmobiliaria por la UAB (2001) y Máster Profesional de Estudios Territoriales y Urbanísticos, con el diploma de Técnica Urbanista por la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universidad Pompeu Fabra y la Escuela de Administración Pública de Cataluña ( 2009). Cuenta con más de quince años de ejercicio profesional en la administración pública local y autonómica, y también en el ámbito privado desde el año 2012. Especialista en derecho administrativo, territorial y urbanístico. Secretaria de la Asociación Española de Técnicos Urbanistas desde el año 2015 y de su Agrupación Catalana. 10 años de ejercicio profesional fundamentalmente en la administración pública local y autonómica. Especializada en derecho administrativo, territorial y urbanístico.

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