Entran en vigor nuevas reglas en la UE destinadas a mejorar el control del agua potable en todo el territorio europeo facilitando, de este modo, el acceso a una agua potable salubre y limpia y supone la primera modificación de la directiva de agua potable en materia de adaptación a los progresos científicos y técnicos.
Las modificaciones adoptadas en la directiva sobre agua potable, aprobadas por la Comisión el pasado 28 de octubre, surgen de la iniciativa ciudadana europea Right 2Water, que fue aprobada, por el derecho humano al agua y el saneamiento.
La presente modificación de la directiva del agua destinada al consumo humano persigue,en la línea exigida por dicha iniciativa ciudadana y por el propio Parlamento europeo, el objetivo que la legislación garantice los principios de un suministro de agua de mejor calidad, equitativo y universal.
Recodemos que la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, impuso una revisión periódica de sus anexos, constituyendo la presente modificación la primera adaptación al estado de la técnica en la materia.
De acuerdo con dicha normativa, se considera agua destinada a consumo humano:
a) todas las aguas, ya sea en su estado original, ya sea después de tratamiento, para beber, cocinar, preparar alimentos u otros usos domésticos, sea cual fuere su origen e independientemente de que se suministren a través de una red de distribución, a partir de una cisterna o envasadas en botellas u otros recipientes;
b) todas las aguas utilizadas en empresas alimentarias para fines de fabricación, tratamiento, conservación o comercialización de productos o sustancias destinados al consumo humano, a menos que a las autoridades nacionales competentes les conste que la calidad de las aguas no puede afectar a la salubridad del producto alimenticio final.
Definiéndose, a su vez, la noción de “sistema de distribución domiciliaria” como: las tuberías, conexiones y aparatos instalados entre los grifos que normalmente se utilizan para el consumo humano y la red de distribución, pero únicamente en caso de que no sea responsable de ellos el distribuidor de aguas en su carácter de tal, conforme a la legislación nacional pertinente.
Se excluyen de esta Directiva las aguas minerales naturales y las aguas que son productos medicinales, pues ya existen normas especiales en relación con estos tipos de aguas.
Respecto a la presente modificación, el Comisario Europeo de Medio Ambiente, Karmenu Vella declaró: “El acceso a una agua potable de gran calidad es esencial para el bienestar y la salud pública, y es por ello que debemos garantizar la aplicación de normas estrictas en el conjunto de la UE. Este nuevo sistema de seguimiento y de control convierten en superfluos muchos análisis y permite concentrar los esfuerzos sobre los controles que son realmente importantes”.
Estas nuevas medidas permitirán a los Estados Miembros cierta flexibilidad en cuanto a la manera de controlar la calidad del agua potable en las aproximadamente 100.000 zonas de distribución de agua que se calculan que existen en Europa. A su vez, esta normativa quiere establecer un control más afinado y fundamentado sobre los riesgos, asegurando la plena protección de la salud pública.
Las modificaciones pretenden agilizar la aplicación de la legislación a través de los Estados Miembros, eliminando cargas burocráticas inútiles teniendo en cuenta también las mejoras de los sistemas analíticos técnicos y científicos.
Además, los Estados Miembros, pueden decidir, sobre la base de un análisis de riesgos, qué parámetros conviene controlar ya que en algunas zonas de suministro de agua potable, el riesgo de que existan determinadas sustancias peligrosas en el agua es inexistente. Dentro del margen de actuación que podrán regular los Estados Miembros también está previsto que puedan decidir aumentar o reducir la frecuencia de muestreo en las zonas de suministro de agua, así como de ensanchar la lista de sustancias a vigilar en caso de problemas de salud pública.
La flexibilidad autorizada en la vigilancia de los parámetros y la frecuencia de muestreo están encuadradas por una serie de condiciones a respetar con el fin de velar por la protección de la salud de los ciudadanos. Entre ellas, cabe destacar:
- Las nuevas reglas relativas al principio de análisis de riesgo y del control puntos críticos (HACCP), que ya es de aplicación en la legislación relativa a la higiene de productos alimentarios
- La aplicación del enfoque del plan de seguridad del agua adoptada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en sus guías para la calidad del agua potable
Los Estados Miembros disponen de dos años para aplicar las disposiciones de esta nueva legislación.
Por último, apuntar que la Directiva sobre el agua potable está en proceso de evaluación por parte de la Comisión, sobre la base del resultado del proceso de consulta efectuado entre el 23 de junio y el 23 de septiembre del año en curso, que está disponible en este enlace.
La evaluación global de la directiva está contemplada en el programa de trabajo de la Comisión para el 2015 titulado “Un nuevo impulso”, como parte de una respuesta más amplia a la iniciativa ciudadana europea Right 2Water. La terminación de dicha evaluación está prevista para finales del presente año.